CALENDARIO DE MOVILIZACIONES

LA SEGURIDAD ES UN DERECHO DE LA CIUDADANÍA, ....., CON LOS RECORTES ..... QUIEREN DESTRUIR LA SEGURIDAD PÚBLICA, ...... NO NOS CALLARÁN,

Presentación

Estamos viviendo en una sociedad de información que depende cada vez más de la creación, la administración y la distribución de la información, el acceso a las nuevas tecnologías en materia de información nos ofrecen infinidad de posibilidades para comunicarnos que debemos aprovechar, obvio es afirmar que disponer de información y poder transmitirla tiene una importancia fundamental para las organizaciones sociales.

La pretensión de crear este Blog, supone cumplir varios retos, el primero darnos a conocer, resulta fundamental que todos nuestros lectores, sean o no afiliados a nuestro Sindicato, conozcan y participen de nuestros trabajo, en segundo y mas importante, pretende ser un lugar de encuentro donde compartir ideas, intercambiar opiniones y realizar propuestas.

Desde esta perspectiva, intentaremos dia a dia proporcionar la información que consideremos importante para fortalecer la salud del colectivo policial desde el prisma sindical.

Os esperamos.

martes, 21 de agosto de 2012

Seguimos sin aprender de los errores del pasado.




El penúltimo de los recortes que se nos realizó, allá por el mes de julio, recuerden, el de la paga extra de navidad, vuelve a sembrar de confusión a los empleados y empleadas del sector público.

Ésta confusión, más o menos interesada, está siendo provocada por distintas fuentes personales y sindicales que, están difundiendo modelos de reclamación/recurso individual a la forma de aplicación de la nueva “reducción” salarial, impuesta en los arts. 2 y 3 del RDL 20/2012, mediante “la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes”.

El fundamento de los distintos modelos de reclamación se basa en que la mera supresión de la paga extraordinaria completa entró en vigor en fecha posterior al inicio de su devengo y por tanto, no puede esta ser suprimida en su totalidad, mediante una aplicación retroactiva de los efectos de la medida adoptada.

Esta forma de actuar desarrollada por algunos sindicatos, que piensan que si son los primeros son mejores que los demás y que esto les dará rédito sindical, no es más que un, engañarse ellos y confundir a los trabajadores y trabajadoras que molestos y cabreados con la medida aceleran la presentación de papeles y reclamaciones de forma indiscriminada y, en algunos casos de manera inconsciente y perjudicial para sus intereses futuros.

En consecuencia y en aras de evitar confusiones y perjuicios de difícil solución, desde la FSC-CCOO y desde la Coordinadora Federal de Policías Autonómicas y Locales de CCOO queremos hacer las siguientes aclaraciones:

1.     La interposición de reclamaciones/ recursos frente a disposiciones con rango de Ley, serán desestimadas tanto en vía administrativa como judicial, por no estar dentro del ámbito de competencias de estas instancias la revisión o inaplicación de disposiciones con este rango, no entrando a la valoración de la pretensión.

2.     La promoción y continuidad de las reclamaciones, podría conducir a la obtención de sentencias contrarias o el abandono de la acción en alguna de sus fases por las personas interesadas, con importantes efectos: 

§  La imposición de costas procesales, especialmente en las reclamaciones en vía contenciosa.

§  La consideración de cosa juzgada o acto consentido sobre la reclamación planteada, con consecuencias negativas para las personas promotoras de las reclamaciones.

3.     Solo es posible recurrir, con efectos positivos de revisión de la cuestión planteada, los actos administrativos o de gestión dictados en aplicación de lo dispuesto en el RDL. Por tanto, solo hasta la percepción efectiva en nómina de la reducción operada, no procede la formalización de reclamación, individual o colectiva, alguna.

4.     En las futuras reclamaciones será necesario tomar en consideración, al menos, dos cuestiones que hacen inútiles formularios comunes para todo el personal afectado:

§  La formula de devengo de las pagas extraordinarias establecida en los Acuerdos, Convenios o legislación de aplicación en cada caso concreto. No siempre es la misma.

§  La fórmula de cobro de las cuantías correspondientes, que no en todos los casos se demoran hasta Diciembre, percibiéndose de forma prorrateada en la nómina mensual.

En todo caso, la formalización de escritos de reclamación/recurso, individual o colectivo, deberán posponerse al momento en que se materialice el acto administrativo o de gestión correspondiente, a través de la nómina. Ello, con independencia de las acciones individuales o colectivas de carácter reivindicativo que se emprendan o la presentación de escritos de mera solicitud, sin ningún efecto jurídico, de que se aplique, en su caso, el cálculo correcto de las cantidades.

Ante las reformas procesales de los últimos años, CCOO informa de la generalización de la imposición de costas a las personas demandantes, especialmente en el ámbito contencioso, por lo que, al menos CCOO, garantiza la interposición, en tiempo y forma, de reclamaciones colectivas, que protejan los derechos del empleo público, una vez aplicado lo dispuesto en los arts. 2 y 3 del RDL 20/2012 y conocido de forma cierta el cálculo de las cantidades devengadas y no abonadas.

La entrada en vigor del RDL 20/2012 ha dispuesto un conjunto de medidas restrictivas de los derechos individuales y colectivos en el empleo público y, especialmente, en las Administraciones Públicas, que requieren una adecuada respuesta sindical y jurídica.

Por todo ello desde la FSC-CCOO aclaramos que estamos de acuerdo con las acciones reivindicativas que se utilicen para mostrar el malestar de los empleados públicos respecto al RDL 20/2012, pero debemos pedir cautela a todos los afectados por las medidas, para que no se lancen a realizar recursos individuales, que una vez iniciados puedan perjudicar las acciones jurídicas, que las organizaciones sindicales emprenderemos dentro de la plataforma sindical conjunta que se ha creado.

El día 15 de septiembre, nuestros afiliados y afiliadas y los distintos sindicatos y organizaciones policiales debemos salir a la calle.

Las razones son poderosas, el día 15 de septiembre,
A LA CALLE para decirle NO a los recortes de Rajoy y del PP,
pues QUIEREN ARRUINAR EL PAÍS.
SOMOS MÁS, HAY QUE IMPEDIRLO.



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