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LA SEGURIDAD ES UN DERECHO DE LA CIUDADANÍA, ....., CON LOS RECORTES ..... QUIEREN DESTRUIR LA SEGURIDAD PÚBLICA, ...... NO NOS CALLARÁN,

Presentación

Estamos viviendo en una sociedad de información que depende cada vez más de la creación, la administración y la distribución de la información, el acceso a las nuevas tecnologías en materia de información nos ofrecen infinidad de posibilidades para comunicarnos que debemos aprovechar, obvio es afirmar que disponer de información y poder transmitirla tiene una importancia fundamental para las organizaciones sociales.

La pretensión de crear este Blog, supone cumplir varios retos, el primero darnos a conocer, resulta fundamental que todos nuestros lectores, sean o no afiliados a nuestro Sindicato, conozcan y participen de nuestros trabajo, en segundo y mas importante, pretende ser un lugar de encuentro donde compartir ideas, intercambiar opiniones y realizar propuestas.

Desde esta perspectiva, intentaremos dia a dia proporcionar la información que consideremos importante para fortalecer la salud del colectivo policial desde el prisma sindical.

Os esperamos.

domingo, 26 de diciembre de 2010

El nuevo Código Penal, novedades destacables

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La reforma que entra en vigor tipifica nuevos delitos, endurece las penas por corrupción, terrorismo o pederastia y rebaja los castigos para 'muleros' y vendedores del 'top manta'.

Trapicheo: El nuevo Código Penal rebaja el castigo para las formas menos graves de narcotráfico y rebaja de nueve a seis años la pena máxima de prisión para los transportistas de droga que no pertenezca a una organización, los muleros (que podían ser condenados hasta ahora de tres a nueve años). La reforma beneficia directamente a unas 200 personas con penas superiores a seis años que consiguen hoy su libertad.

Libertad vigilada: Surge una nueva figura, la libertad vigilada, aplicable a terroristas y delincuentes sexuales. Así, una persona condenada por pederastia, violación o terrorismo acumulará, en la sentencia, junto a la pena de cárcel, hasta cinco años en los que estará obligada a estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos. También deberá seguir tratamiento médico o participar en programas formativos, laborales o de educación sexual y podrá ser objeto de otras restricciones de movimiento, residencia o de trabajo. La pena podrá extenderse hasta los 10 años.

Terrorismo, imprescriptible: Los delitos de terrorismo no prescribirán si han causado la muerte de una persona.

Top manta: Se suprimen las penas de cárcel para los vendedores de copias ilegales de productos audiovisuales a pequeña escala (conocido como top manta). Los delitos solo podrán ser castigados con multas o trabajos en beneficio de la comunidad.

Seguridad vial: Sobrepasar los 60 kilómetros por hora en vía urbana o los 80 en carreteras interurbanas y conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas podrán acarrear penas de entre tres y seis meses de cárcel, multas de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad.

Nuevos delitos: Tráfico y trasplante ilegal de órganos humanos, ciberacoso infantil (uso de Internet con fines sexuales contra menores), acoso laboral y acoso inmobiliario (obligar a las personas a abandonar sus viviendas con fines especulativos) se consideran, desde hoy, delito.

Piratería... tradicional: El nuevo Código Penal tipifica también la piratería como delito, pero no la informática, sino la tradicional contra el transporte de personas y mercancías. Se castigará, con entre 10 y 15 años de prisión, a quien se apodere, dañe o destruya una aeronave, buque o embarcación o atente contra las personas, cargamento o bienes que en él se encuentren.

Maltrato animal: La reforma pretende proteger a los animales domésticos frente al maltrato. Endurece las penas y elimina el requisito de ensañamiento para tipificar como delito la violencia contra "animales domésticos y amansados" (no contra los agresivos o salvajes), que podrá ser castigado con penas de entre tres meses y un año de cárcel y la inhabilitación entre un año y tres para trabajar en cualquier oficio relacionado con animales.

Corrupción en el deporte: Se castigarán los sobornos llevados a cabo por miembros y colaboradores de entidades deportivas, deportistas, árbitros y jueces encaminados a alterar el resultado de una prueba, encuentro o competición profesional.

Ordenación del territorio: Se amplía el ámbito de las conductas típicas a las obras ilegales o clandestinas de urbanización, más allá de la mera construcción o edificación. En cualquier caso, se estipula que los delitos urbanísticos podrán ser castigados con hasta cuatro años de cárcel.

Estafa de inversiones: Incrimina a los administradores de sociedades que falseen información para lograr captar inversores u obtener créditos y castigando la difusión de noticias o rumores sobre empresas donde se ofrezcan datos falsos para alterar o preservar el precio de cotización de un instrumento financiero.

Patria potestad: Se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger a los menores y se endurecen las penas por abusos, que podrán llegar hasta los 15 años de cárcel.
 

Conductas que llevarán a la cárcel

Exceso de velocidad: Conducir un vehículo o motocicleta a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en una carretera convencional y a más de 110 en vía urbana. Penas de tres a seis meses de prisión, multa de seis a 12 meses, trabajos a favor de la comunidad de 30 a 90 días y retirada del carné entre uno y cuatro años.

Alcohol: Conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, cuando la tasa sea superior a los 1,2 gramos por litro. Penas de prisión de seis a 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y suspensión del carné de uno a cuatro años. No someterse al test de alcoholemia o de drogas puede conllevar de tres a seis meses de cárcel. 

Temeridad manifiesta: Quien ponga en peligro la vida de terceros será castigado con penas de cárcel de seis meses a dos años y su licencia quedará suspendida por un tiempo de entre uno y seis años. La pena puede elevarse a cinco años de prisión y retirada del permiso de seis a diez años si el juez considera que el conductor actuó "con consciente desprecio por la vida de los demás". 

Sin carné: Circular sin permiso, por haber perdido todos los puntos del carné o no tenerlo. En este caso se castigará con penas de tres a seis meses de prisión, multa de 12 a 24 meses y trabajos para la comunidad de 30 a 90 días. 

Obstáculos imprevistos: Colocar en la calzada obstáculos imprevisibles, derramar sustancias deslizantes o inflamables, o anular una señalización estará castigado con hasta dos años de cárcel, multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio social de 10 a 40 días. 

Nuevo Código Penal

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