CALENDARIO DE MOVILIZACIONES

LA SEGURIDAD ES UN DERECHO DE LA CIUDADANÍA, ....., CON LOS RECORTES ..... QUIEREN DESTRUIR LA SEGURIDAD PÚBLICA, ...... NO NOS CALLARÁN,

Presentación

Estamos viviendo en una sociedad de información que depende cada vez más de la creación, la administración y la distribución de la información, el acceso a las nuevas tecnologías en materia de información nos ofrecen infinidad de posibilidades para comunicarnos que debemos aprovechar, obvio es afirmar que disponer de información y poder transmitirla tiene una importancia fundamental para las organizaciones sociales.

La pretensión de crear este Blog, supone cumplir varios retos, el primero darnos a conocer, resulta fundamental que todos nuestros lectores, sean o no afiliados a nuestro Sindicato, conozcan y participen de nuestros trabajo, en segundo y mas importante, pretende ser un lugar de encuentro donde compartir ideas, intercambiar opiniones y realizar propuestas.

Desde esta perspectiva, intentaremos dia a dia proporcionar la información que consideremos importante para fortalecer la salud del colectivo policial desde el prisma sindical.

Os esperamos.

lunes, 9 de abril de 2012

INCIDENCIA DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES 2012 EN LOS CUERPOS DE POLICÍA. (I).

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Por el interés que suscita y el alcance que para los empleados-as públicos-as, hacemos un pequeño resumen para conocimiento de todos-as.

Acudiendo al acervo popular, aunque hablando de refranes los hay para todos los gustos, “otro vendrá que bueno te hará” y, he aquí que se cumple, si el Sr. Rodríguez Zapatero fue malo, del Sr. Rajoy podemos decir que en 100 días de gobierno lo está haciendo bueno.

Hace 100 días que gobierna y, que lejos quedan las promesas electorales, no subiré los impuestos, no habrá recorte en los salarios de los funcionarios-as, y como no, su frase estrella durante la campaña electoral, frase que quedará para los anales como trabalenguas electoral:  “haremos lo que hay que hacer, porque sabemos lo que hay que hacer y vamos a hacer lo que hay que hacer”.  Y helo aquí, después del pequeño-gran traspié electoral en Andalucía y Asturias, os presentamos los Presupuestos más restrictivos de la historia.



Vamos con ello, la primera entrega la dedicamos al apartado de los salarios:

Preámbulo:
.........


Estabilidad Presupuestaria.

El objetivo de estabilidad presupuestaria para el año 2012, fijado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 2012, se aprobó por el Pleno del Congreso el 13 de marzo y por el Pleno del Senado el 14 de marzo del presente año. Este acuerdo establece el objetivo de déficit para el conjunto de las Administraciones Públicas en el 5,8 por 100 del PIB, desglosándose del siguiente modo: el Estado tendrá un déficit del 4 por 100; las Comunidades Autónomas del 1,5 por 100; las Corporaciones Locales del 0,3 por 100 y la Seguridad Social estará en equilibrio.

- Comentario:

Que las Corporaciones Locales, tengan que ajustar sus Presupuestos al 0,3 del déficit, supone un lastre difícil de conseguir en condiciones normales, más aún en condiciones extraordinarias, sobretodo cuando hace unos días hemos aprobado un Decreto-Ley de pago a proveedores que consigue estrangular las cuentas municipales y autonómicas para los próximos diez años, todo ello sin modificar la Ley de Haciendas Locales, y por tanto, dejando las economías locales en una situación casi al limite.


Título III. Gastos de personal.

Con carácter general, no habrá incremento de las retribuciones de este personal en 2012 respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2011. Tampoco podrán realizarse aportaciones a planes de empleo ni contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.


Artículo 22.- Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.

Dos. En el año 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

Cinco. 1. Los funcionarios a los que resulta de aplicación el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público e incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto en los términos de la Disposición Final Cuarta del citado Estatuto Básico o de las Leyes de Función Pública dictadas en desarrollo de aquél, percibirán, en concepto de sueldo y trienios, en las nóminas ordinarias de enero a diciembre de 2012, las mismas cuantías que en 2011, referidas a doce mensualidades y que se recogen a continuación: 


2. Los funcionarios a que se refiere el punto anterior percibirán, en cada una de las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre en el año 2012, en concepto de sueldo y trienios, los mismos importes que en 2011 y que se recogen a continuación:



Ocho. Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos deberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables las cláusulas que establezcan cualquier tipo de incremento.

Once. Este artículo tiene carácter básico y se dicta al amparo de los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución. Además, el apartado Tres se dicta en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.


- Comentario:

Del estudio del presente artículo podemos extraer algunas consideraciones que no debemos pasar por alto:

Se congela el sueldo, los trienios y las pagas extraordinarias, en román paladino, los empleados-as del sector público, volvemos a perder poder adquisitivo, volvemos a traducir, en los últimos tres años, acumulamos, entre un 15 y 20% del pérdida de poder adquisitivo, más o menos: congelación + inflación +subida de IRPF.

Pero quizás lo más grave radique en el punto octavo, donde de forma sutil no solo elimina la negociación colectiva sino que anula cualquier acuerdo, pacto o convenio suscrito con anterioridad a la publicación de la norma.

Continuará ...........



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